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Medida cautelar a la EPS Sanitas, por no atender a una adulta mayor

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La Superintendencia Nacional de Salud impuso una medida cautelar de cumplimiento inmediato a la EPS Sanitas, que busca frenar las dilaciones o la negación a la atención de una adulta mayor residente en Sogamoso, Boyacá y que debe someterse a una cirugía de reemplazo de prótesis total de la rodilla derecha.

Con la medida cautelar, la Supersalud da un plazo máximo de 48 horas para que la EPS Sanitas garantice la prestación de los servicios de salud y el goce efectivo del derecho a la salud. El tiempo establecido se cuenta desde la comunicación de la resolución expedida este 23 de octubre por la Superintendencia Delegada para la Protección al Usuario. 

“Una vez más nos vemos en la necesidad de recurrir a este tipo de herramientas como la medida cautelar para que una EPS cumpla con su deber de garantizar el derecho a la salud de las personas, y puedan acceder a una atención digna, más si se trata de personas que gozan de protección especial constitucional, como son los adultos mayores”, aseguró el superintendente Ulahí Beltrán. 

Asimismo, y para corroborar el cumplimiento de la medida, la EPS Sanitas tendrá que remitir un informe detallado que describa el trámite y el resultado de la prestación de servicios. De igual manera, en el documento deberá evidenciarse la garantía de la continuidad del tratamiento de la usuaria, con los documentos que demuestren lo mencionado. Toda la información solicitada por el ente de vigilancia y control tendrá que ser entregada por el representante legal de la EPS, Juan Pablo Rueda. 

La Supersalud tuvo conocimiento del caso el 19 de octubre durante el diálogo liderado por el superintendente, Ulahí Beltrán López, y se procedió a impartir instrucciones de inmediato cumplimiento a la EPS, debido a la dificultad de acceso a los servicios de salud 

Pese a la necesidad apremiante de la usuaria de 73 años, la EPS respondió el 23 de octubre de 2023 a la Supersalud que “el día 16 de febrero de 2024 a las 4 de la tarde” se realizaría el procedimiento, lo que, a juicio del ente de control, “evidencia la falta de oportunidad frente a los servicios en salud requeridos por la usuaria”. 

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